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Estructura de Gobierno de la Provincia Bética

La Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, de la que forma parte la Provincia Bética Nuestra Señora de la Paz, es un Instituto aprobado por la Iglesia como Orden Religiosa de Hermanos que nace en 1572 para el servicio a los más pobres siguiendo las huellas de su Fundador, San Juan de Dios.

Desde entonces ha continuado su labor de servicio a los demás, centrada en la asistencia socio-sanitaria, hasta la actualidad, donde la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios está presente en todo el mundo por medio de Provincias Religiosas y bajo la dirección y gobierno del Superior General y su Consejo General, que reside en Roma. A día de hoy, la Orden está compuesta por 1.177 Hermanos, 34.000 colaboradores-trabajadores, 6.000 voluntarios y unos 300.000 bienhechores. Está presente en los cinco continentes, en 52 naciones, con casi 300 obras que abarcan un amplio abanico de actividades.

En España la Orden cuenta con tres Provincias:

  • Provincia de Andalucía o Bética de Nuestra Señora de la Paz.
  • Provincia de Castilla de San Juan de Dios.
  • Provincia de Aragón de San Rafael Arcángel.

La Provincia Bética Nuestra Señora de la Paz está gobernada, conforme a nuestro Derecho Propio, por el Superior Provincial y sus cuatro Consejeros, elegidos en el Capítulo Provincial, que se celebra cada cuatro años.

El Superior Provincial y sus cuatro Consejeros forman el Gobierno Provincial.

Otros cargos provinciales son el Secretario Provincial y el Ecónomo Provincial.




Junto al Gobierno Provincial también existe el Consejo de Administración Provincial, que lo conforman los integrantes del Gobierno Provincial, la Dirección General de Centros, la Dirección Financiera de la Curia Provincial y un Secretario; y el Consejo Provincial Ampliado, órgano de consulta del Gobierno Provincial, está formado por el Gobierno Provincial, la Dirección General de Centros, los Superiores o Consejeros Directivos y la  Dirección Gerencia de cada uno de los Centros de la Provincia, así como cualquier otro que el Superior Provincial estime oportuno.


 

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